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Ley Vigente

Artículo dieciocho.

Artículo dieciocho de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. · BOE-A-1985-151

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-24.

Texto consolidado

Todas las resoluciones de compatibilidad para desempeñar un segundo puesto o actividad en el sector público o el ejercicio de actividades privadas se inscribirán en los Registros de Personal correspondientes. Este requisito será indispensable, en el primer caso, para que puedan acreditarse haberes a los afectados por dicho puesto o actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-01-24.

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