Artículo dieciocho.
Artículo dieciocho de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros. · BOE-A-1985-16766
Atención: Ley 31/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El nombramiento de los vocales del Consejo de Administración será irrevocable, siendo de aplicación las mismas salvedades que las previstas para los Consejeros Generales en el artículo 10 de esta Ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero..