Artículo diecinueve.
Artículo diecinueve de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio. · BOE-A-1981-12774
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-06-06.
Texto consolidado
La autoridad gubernativa podrá intervenir y controlar toda clase de transportes, y la carga de los mismos.