Artículo diecinueve. Transferencias.
Artículo diecinueve de la Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos. · BOE-A-1964-7523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1964-05-24.
Texto consolidado
Las concesiones de teleféricos de servicio público no podrán ser transferidas sin previa autorización de la Administración.