Artículo decimoquinto.
Artículo decimoquinto de la Ley 59/1969, de 30 de junio, de ordenación marisquera. · BOE-A-1969-797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-07-21.
Texto consolidado
La extensión de las concesiones a otorgar será limitada por la Subsecretaría de la Marina Mercante, de acuerdo con la importancia y el interés económico social de las explotaciones