Artículo decimocuarto.
Artículo decimocuarto de la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de Regulación de los Euskaltegis. · BOE-A-2012-5195
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-13.
Texto consolidado
Se entenderá titular del Euskaltegi a la persona física o jurídica que como tal conste en el Registro que al efecto se cree en el HABE por Resolución de su Presidente.