Artículo décimo.
Artículo décimo del Real Decreto 388/1977, de 14 de marzo, sobre indulto general. · BOE-A-1977-7066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-03-18.
Texto consolidado
Por los Ministerios de Justicia, Ejército, Marina y Aire, se dictarán las disposiciones complementarias que pudieran ser necesarias para la debida ejecución de lo dispuesto en este Real Decreto.