Artículo cuarto. Dirección y coordinación.
Artículo cuarto de la Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer. · BOE-A-1983-28126
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-18.
Texto consolidado
La persona titular de la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, ejercerá la dirección y coordinación de las funciones encomendadas al organismo. Su nombramiento se realizará mediante real decreto, a propuesta de la persona titular del Ministerio al que esté adscrito.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa..