Artículo cuarenta y nueve.
Artículo cuarenta y nueve de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos. · BOE-A-1982-9983
Atención: Ley 13/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los servicios sociales para los minusválidos tienen como objetivo garantizar a éstos el logro de adecuados niveles de desarrollo personal y de integración en la comunidad, así como la superación de las discriminaciones adicionales padecidas por los minusválidos que residan en las zonas rurales.