Artículo cincuenta y tres.
Artículo cincuenta y tres del Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea. · BOE-A-1977-23555
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-10-14.
Texto consolidado
El régimen disciplinario será el aplicable con carácter general a los funcionarios civiles de la Administración del Estado.