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Ley Orgánica Vigente 2 redacciones

Artículo 57. El Real Monasterio de Santa María de la Valldigna.

Artículo cincuenta y siete de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1982-17235

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-11.

Texto consolidado

El Real Monasterio de Santa María de la Valldigna es templo espiritual, histórico y cultural del antiguo Reino de Valencia, y es, igualmente, símbolo de la grandeza del Pueblo Valenciano reconocido como Nacionalidad Histórica.

La Generalitat recuperará, restaurará y conservará el monasterio, y protegerá su entorno paisajístico. Una Ley de Les Corts determinará el destino y utilización del Real Monasterio de Santa María de la Valldigna como punto de encuentro de todos los valencianos, y como centro de investigación y estudio para recuperar la historia de la Comunitat Valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2006-6472.

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