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Real Decreto Vigente

Artículo ciento treinta y dos.

Artículo ciento treinta y dos del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. · BOE-A-1976-11506

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1976-07-06.

Texto consolidado

Uno. Las cargas de la urbanización se distribuirán entre los propietarios en proporción al valor de las fincas que les sean adjudicadas en la reparcelación.

Dos. La Administración actuante podrá exigir a los propietarios afectados el pago de cantidades a cuenta de los gastos de urbanización. Estas cantidades no podrán exceder del importe de las inversiones previstas para los próximos seis meses.

Tres. La Administración actuante podrá asimismo, cuando la circunstancias lo aconsejen, convenir con los propietarios afectados un aplazamiento en el pago de los gastos de urbanización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1976-07-06.

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