Artículo ciento diecisiete
Artículo ciento diecisiete de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. · BOE-A-1985-11672
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-06-21.
Texto consolidado
Los recursos judiciales previstos en esta Ley son gratuitos. No obstante procederá la condena en costas a la parte o partes que hayan mantenido posiciones infundadas, salvo que circunstancias excepcionales, valoradas en la resolución que se dicte, motiven su no imposición.