Artículo ciento cincuenta y uno. Limitación de la facultad dispositiva.
Artículo ciento cincuenta y uno de la Ley 15/1967, de 8 de abril, sobre compilación del Derecho civil de Aragón. · BOE-A-1967-5590
Atención: Ley 15/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El inmueble adquirido por derecho de abolorio es inalienable por acto «inter vivos» aun a favor de parientes durante cinco años, a no ser que el adquirente venga a peor fortuna.