Artículo ciento cincuenta y tres. Normas supletorias.
Artículo ciento cincuenta y tres de la Ley 15/1967, de 8 de abril, sobre compilación del Derecho civil de Aragón. · BOE-A-1967-5590
Atención: Ley 15/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para suplir las omisiones de cualesquiera contratos relativos a la ganadería regirán los usos observados en el lugar del cumplimiento y, en su defecto, la legislación común