Artículo 99. El Observatorio de la Infancia, la Adolescencia y las Familias.
Artículo 99 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2011-1141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Cantabria creará un Observatorio de la Infancia, la Adolescencia y las Familias como instrumento técnico adscrito a la Dirección General del Gobierno de Cantabria competente en materia de planificación y evaluación de las políticas sociales, que tendrá la misión de analizar de forma permanente la realidad de las personas menores en la Comunidad Autónoma de Cantabria y el impacto de las políticas desarrolladas en aplicación de esta Ley.
2. La estructura, organización y funcionamiento de este Observatorio se determinará reglamentariamente.