Artículo 99.
Artículo 99 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.
Texto consolidado
1. Los vehículos abandonados y fuera de uso tienen el carácter de residuos sólidos, de acuerdo con la normativa medioambiental, y pueden ser desguazados, competencia que corresponde al Ayuntamiento.
2. Los vehículos se consideran abandonados si no han sido reclamados por sus propietarios una vez practicada la notificación en la forma establecida por la normativa.