El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 100.

Artículo 100 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

1. El Ayuntamiento de Barcelona debe elaborar los planes de seguridad vial para todo el ámbito territorial del municipio. Los planes deben ser aprobados por el Consejo Municipal y debe hacerse una amplia divulgación de su contenido, el cual debe tener cinco bloques sistemáticos:

a) La información sobre los accidentes y la investigación de sus causas.

b) La educación vial y la divulgación preventiva.

c) Las mejoras de la vía y la moderación de la circulación.

d) El auxilio sanitario a los heridos en accidentes.

e) La protección escolar.

2. El Ayuntamiento de Barcelona debe estar representado en los órganos de dirección del tráfico en Cataluña.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Más artículos de Ley 22/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 22/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.