El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 98. Condiciones de accesibilidad en la Administración de Justicia y en los procesos electorales en Navarra.

Artículo 98 de la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos. · BOE-A-2022-22470

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Foral, en el ámbito de sus competencias, fomentará la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas en el ámbito de la Justicia, adoptando las medidas para que las sedes judiciales y la comunicación e información en las mismas sean accesibles para todas las personas, como son la instalación de bucles magnéticos en las salas de vistas, intérpretes de lengua de signos y guías intérpretes, de carácter presencial o mediante interpretación a distancia, braille y sistemas de lectura fácil en la información y señalización, así como el acompañamiento personal en todo el proceso.

2. La Administración de la Comunidad Foral, en el ámbito de sus competencias, garantizará la accesibilidad para la participación de las personas con discapacidad en los procesos electorales que se celebren en Navarra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-16.

Más artículos de Ley Foral 31/2022

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 31/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.