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Ley Vigente

Artículo 98. Personas responsables.

Artículo 98 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. · BOE-A-1998-17524

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-19.

Texto consolidado

1. Serán responsables de las infracciones administrativas derivadas de esta Ley los que realizaren las acciones u omisiones que las constituyen.

2. Tratándose de actuaciones arqueológicas o paleontológicas no autorizadas serán responsables todos aquellos que, directa o indirectamente, hubieren intervenido en las mismas y que conforme al Código Penal tendrían la consideración de autores o cómplices.

3. Cuando la infracción consista en la ejecución de obras sin licencia, o no ajustándose a los términos de ésta, o en el otorgamiento de licencias municipales de contenido manifiestamente contrario a lo dispuesto en esta Ley, se estará para la determinación de las personas responsables a lo que dispone la legislación urbanística respecto de las infracciones a la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-19.

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