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Ley Vigente

Artículo 98. Situación de servicio activo.

Artículo 98 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8713

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-03.

Texto consolidado

1. El personal funcionario se encuentra en situación de servicio activo cuando ocupa un puesto de trabajo dotado presupuestariamente con carácter permanente o provisional.

2. También está en servicio activo el personal funcionario removido de un puesto de trabajo que todavía no ha obtenido destino en otro.

3. Los permisos y las licencias que suponen reserva del puesto de trabajo no alteran la situación de servicio activo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-07-03.

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