Artículo 98. Competencias y contenido.
Artículo 98 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears. · BOE-A-2006-17875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-22.
Texto consolidado
La disciplina ambiental en materia de evaluación ambiental estratégica de planes y programas corresponde al órgano promotor y comprende:
a) La ejecución y el seguimiento.
b) La revisión de oficio.
c) El régimen de infracciones y sanciones.
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