Artículo 98.
Artículo 98 del Decreto 569/1970, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes Vecinales en Mano Común. · BOE-A-1970-266
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-04-18.
Texto consolidado
Cuando se trate de montes consorciados con el Patrimonio Forestal del Estado o con otra Entidad, serán estos Organismos los que harán la entrega de los porcentajes en los párrafos a), b) y c) del artículo anterior a las Entidades correspondientes.