Artículo 97. Formalidades de certificados y compulsas.
Artículo 97 del Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares. · BOE-A-1998-29347
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-20.
Texto consolidado
En las certificaciones y compulsas se harán constar los datos de identificación de la unidad o unidades de conservación de que se desprende la información objeto de ellas.
Las compulsas se formalizarán exclusivamente sobre copia del documento original que se conserve en el archivo.