Artículo 97. Requerimientos de recursos propios por riesgo de materias primas.
Artículo 97 del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras. · BOE-A-2008-2823
Atención: Real Decreto 216/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las empresas de servicios de inversión calcularán los requerimientos de recursos propios por riesgo de posiciones en materias primas e instrumentos financieros sobre ellas a que se refiere el artículo 94.1.a).2.º de acuerdo con los métodos que determine la Comisión Nacional del Mercado de Valores.