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Ley Vigente

Artículo 97. Categorías de protección.

Artículo 97 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León. · BOE-A-2015-4103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-19.

Texto consolidado

Las especies silvestres de Castilla y León podrán ser dotadas de un régimen singular de protección mediante su adscripción a alguna de las siguientes categorías:

• Especies silvestres en régimen de protección especial.

• Especies de atención preferente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-19.

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