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Ley Vigente

Artículo 97. Duración del procedimiento sancionador.

Artículo 97 de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia. · BOE-A-2015-9230

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-03.

Texto consolidado

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa que ponga fin al procedimiento será de un año, a contar desde la fecha de inicio del procedimiento administrativo sancionador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-03.

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