El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 97. Tasas de la Propiedad Industrial: Diseño Industrial.

Artículo 97 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. · BOE-A-2010-19703

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Texto consolidado

Con efectos de 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, se modifican las tasas contenidas en el Anexo de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial. Este Anexo queda redactado como sigue:

«ANEXO

Las tasas previstas en la disposición adicional tercera serán las siguientes:

Tarifa primera. Adquisición, defensa y mantenimiento de derechos.

1.1 Tasa de solicitud de registro: 72,00 euros.

Por los diseños adicionales incluidos en la misma solicitud de registro a partir del décimo:

– De 11 a 20 diseños: 63,00 euros.

– De 21 a 30 diseños: 52,33 euros.

– De 31 a 40 diseños: 41,87 euros.

– De 41 a 50 diseños: 33,51 euros.

1.2 Tasa de división de registro:

Por cada solicitud o registro divisional resultante: 52,81 euros.

1.3 Tasa de restablecimiento de derechos: 102,26 euros.

1.4 Por solicitud de un diseño comunitario o de un registro internacional por mediación de la Oficina Española de Patentes y Marcas: 27,07 euros.

1.5 Por cada prioridad extranjera o de exposición reivindicada: 7,30 euros.

1.6 Modificaciones de la solicitud o del diseño autorizadas por la Ley: 22,50 euros.

1.7 Oposiciones: por formulación de oposición: 42,00 euros.

1.8 Tasa de renovación del registro: 92,92 euros.

Por los diseños adicionales incluidos en la misma solicitud de renovación a partir del décimo:

– De 11 a 20 diseños: 74,36 euros.

– De 21 a 30 diseños: 59,47 euros.

– De 31 a 40 diseños: 47,58 euros.

– De 41 a 50 diseños: 38,06 euros.

1.9 Demoras: por demoras en los pagos de las tasas de renovación y quinquenios sucesivos (régimen transitorio), los recargos serán del 25%, dentro de los tres primeros meses, y del 50% dentro de los tres siguientes, hasta el máximo de seis meses de demora.

1.10 Recursos y revisión de actos administrativos: por la presentación de un recurso o solicitud de revisión: 85,50 euros.

Cuando la presentación del recurso se efectúe por medios telemáticos: reducción de un 15% sobre el importe de la tasa.

1.11 Tasas de mantenimiento y renovación de modelos y dibujos industriales y modelos y dibujos artísticos concedidos bajo la vigencia del Estatuto de la Propiedad Industrial:

Tasa de título y título de renovación: 17,09 euros.

Primer quinquenio: 20,75 euros.

Tasa de solicitud de renovación: 46,00 euros.

Quinquenios sucesivos: 79,90 euros.

Tarifa segunda. Cesión de derechos, licencias y otras modificaciones.

2.1 Por la inscripción o cancelación de cambios de titularidad, licencias, derechos reales, opciones de compra u otras trabas o medidas cautelares o de ejecución: por cada registro afectado: 32,44 euros (hasta un máximo de 6.768,37 euros).

2.2 Por la inscripción del cambio de nombre del titular: por cada registro afectado: 15,90 euros hasta un máximo de 2.654,25 euros.

Tarifa tercera. Otros servicios.

3.1 Certificaciones: 16,40 euros.

3.2 Consulta y vista de un expediente: 3,46 euros.

3.3 Copia de los documentos obrantes en un expediente: 11,05 euros (más un suplemento por cada página que exceda de 10 de 1,10 euros).

Tarifa cuarta. Publicaciones.

4.1 Por la publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, a solicitud del recurrente, del anuncio de la interposición de un recurso contencioso-administrativo en materia de diseño: 138,06 euros.

4.2 Por la publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, a instancia de parte, del fallo de un recurso contencioso-administrativo en materia de diseño: 138,06 euros.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Más artículos de Ley 39/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 39/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.