Artículo 97. Liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado para 1993.
Artículo 97 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994. · BOE-A-1993-31087
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.
Texto consolidado
De conformidad con la previsión recogida en el número cuatro del artículo 90 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, se habilita un crédito en la sección 32, programa 911.8, servicio 18 –Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales. Varias– «Liquidación definitiva de la PIE de 1993», de 142.357.000 miles de pesetas, resultante del importe estimado de dicha liquidación efectuado según las reglas de evolución de la financiación establecidas en el Método para la aplicación del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas en el quinquenio 1992-1996.
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- Ver la norma completa: Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994.