Artículo 97. Sujeto pasivo.
Artículo 97 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2004-1739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten las actuaciones administrativas a que se refiere el hecho imponible de esta tasa.