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Ley Derogada

Artículo 97. Deber de colaboración de padres o tutores.

Artículo 97 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050

Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los padres, tutores o guardadores del menor vendrán obligados a colaborar activamente en la ejecución de las medidas y actuaciones acordadas en el plan de intervención que el equipo municipal de servicios sociales desarrolle.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-10-10.

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