Artículo 97. Régimen sancionador aplicable a las acciones y omisiones que infrinjan la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
Artículo 97 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón. · BOA-d-2015-90531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-07.
Texto consolidado
Las acciones y omisiones que infrinjan lo previsto en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se someterán al régimen sancionador recogido en aquella norma, así como a las determinaciones específicas previstas en esta ley y, en particular, en la disposición adicional quinta.
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