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Acuerdo Vigente

Artículo 97.

Artículo 97 del Acuerdo de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales. · BOE-A-2005-15939

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-27.

Texto consolidado

1. El Consejo General del Poder Judicial aprobará, a propuesta de las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, los sistemas de seguridad física e informática de los ficheros automatizados de datos de carácter personal dependientes de los órganos judiciales existentes en las Comunidades Autónomas. A propuesta de sus Salas de Gobierno aprobará los de los ficheros dependientes de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo. Asimismo podrá el Consejo, previamente al diseño de esos sistemas, establecer las pautas a las que deban adaptarse.

2. La Comisión Permanente aprobará los sistemas de seguridad de los ficheros dependientes del Consejo General del Poder Judicial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-27.

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