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Ley Vigente

Artículo 96. Control y tutela.

Artículo 96 de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria. · BOE-A-2003-323

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-19.

Texto consolidado

El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería competente en materia de sanidad, tendrá, respecto a la Fundación, las facultades de tutela previstas en sus estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-19.

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