Artículo 96. Las esferas de actuación pública y privada.
Artículo 96 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. · DOCM-q-2010-90043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-10.
Texto consolidado
1. Corresponderá a las Administraciones Públicas, en todo caso y dentro de sus respectivos ámbitos de competencia:
a) La actividad de ejecución del planeamiento territorial y urbanístico en régimen de actuaciones urbanizadoras y de obras públicas ordinarias.
b) La intervención de la actividad de ejecución de los propietarios en régimen de actuaciones edificatorias.
2. La actividad administrativa de ejecución podrá gestionarse de forma directa e indirecta, mediante concesión a un urbanizador.
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