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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 95 nonies. Cuota.

Artículo 95 nonies del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOPV-p-2007-90050

Atención: Decreto Legislativo 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):

a) Homologaciones: 122,98 euros.

b) Expedición de certificaciones académicas: 23,83 euros.

c) Solicitudes de convalidación y reconocimiento: 50,00 euros.

d) Expedición de duplicados, copias auténticas, autenticadas y compulsa de documentos: 4,69 euros. Página adicional del documento a compulsar: 0,47 euros.#da-4

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOPV núm. 201, de 16 de octubre de 2012. el capítulo VIII al título IV, por Ley 15/2012, de 28 de junio. Ref. BOPV-p-2012-90269

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-07.

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