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Ley Vigente

Artículo 94. Gestión de incidentes de seguridad.

Artículo 94 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia. · BOE-A-2019-13518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-15.

Texto consolidado

1. La Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico constituirán un equipo de respuesta ante emergencias informáticas e incidentes de seguridad (CSIRT) que actuará como centro de respuesta ante incidentes de seguridad en tecnologías de la información y la comunicación y velará por el desarrollo de medidas preventivas y correctivas en este ámbito.

2. La Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico dispondrán de un protocolo de notificación de incidentes de seguridad, que establecerá las responsabilidades y los procedimientos de gestión y notificación para garantizar una respuesta rápida, eficaz y ordenada ante la ocurrencia de los incidentes, y cuya gestión será responsabilidad del equipo de respuesta ante emergencias informáticas e incidentes de seguridad. Este protocolo será de obligado cumplimiento para todos los órganos y entidades que conforman el sector público autonómico y para los proveedores digitales y personas usuarias de los servicios previstos en la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-08-15.

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