Artículo 94. Gestión de incidentes de seguridad.
Artículo 94 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia. · BOE-A-2019-13518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-15.
Texto consolidado
1. La Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico constituirán un equipo de respuesta ante emergencias informáticas e incidentes de seguridad (CSIRT) que actuará como centro de respuesta ante incidentes de seguridad en tecnologías de la información y la comunicación y velará por el desarrollo de medidas preventivas y correctivas en este ámbito.
2. La Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico dispondrán de un protocolo de notificación de incidentes de seguridad, que establecerá las responsabilidades y los procedimientos de gestión y notificación para garantizar una respuesta rápida, eficaz y ordenada ante la ocurrencia de los incidentes, y cuya gestión será responsabilidad del equipo de respuesta ante emergencias informáticas e incidentes de seguridad. Este protocolo será de obligado cumplimiento para todos los órganos y entidades que conforman el sector público autonómico y para los proveedores digitales y personas usuarias de los servicios previstos en la presente ley.