Artículo 94. De los principios generales.
Artículo 94 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2002-7297
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-27.
Texto consolidado
La revisión de actos en vía administrativa se regirá por lo establecido en la legislación básica del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, con las especialidades propias derivadas de la organización de la Administración Autonómica que se regulan en la presente Ley.