Artículo 93. Préstamos recibidos en moneda distinta del euro.
Artículo 93 de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. · BOE-A-2008-19916
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-11.
Texto consolidado
Recoge los ingresos derivados de préstamos nominados en moneda distinta del euro, cualquiera que sea el plazo de reembolso de los mismos, distinguiéndose éste a corto plazo (con plazo no superior a un año) y a largo plazo (con plazo superior a un año).
Concepto 930. Préstamos recibidos en moneda distinta del euro a corto plazo.
Concepto 931. Préstamos recibidos en moneda distinta del euro a largo plazo.