Artículo 93. Funcionamiento.
Artículo 93 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
1. El funcionamiento de la Comisión Local de Pastos se regirá por el reglamento de que la dote el respectivo ayuntamiento.
2. En todo caso, se reunirá a convocatoria de su presidente o presidenta, y al menos con carácter ordinario una vez al trimestre.
3. Tres vocales de la comisión podrán solicitar la celebración de reuniones extraordinarias, que convocará el presidente o presidenta en el plazo de cinco días, y no podrá demorarse su celebración más de 10 días desde la solicitud.