Artículo 93. Limitaciones de propiedad.
Artículo 93 de la Ley 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible. · BOE-A-2019-465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-24.
Texto consolidado
1. En aquellas líneas ferroviarias que integren las infraestructuras ferroviarias de titularidad del Principado de Asturias se establecerá una zona de dominio público, otra de protección y un límite de edificación.
2. El establecimiento, extensión, contenido y caracteres de las limitaciones de la propiedad referidas en el apartado anterior se establecerá, supletoriamente y en ausencia de normativa autonómica, de conformidad con lo dispuesto en la normativa ferroviaria estatal.
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- Ver la norma completa: Ley 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible.