Artículo 93. Financiación.
Artículo 93 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón. · BOA-d-2015-90531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-07.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Aragón habilitará los medios humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.
2. Anualmente, el departamento competente en materia de conservación de la naturaleza establecerá las dotaciones presupuestarias específicas para la planificación, ordenación, protección, uso y gestión de la Red de espacios naturales protegidos de Aragón.