Artículo 92. Control de gestión y financiero de la ONCE.
Artículo 92 de la Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles. · BOE-A-2019-18390
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-21.
Texto consolidado
Como órgano de gobierno de la ONCE, el Consejo General es el órgano responsable de:
Uno. Realizar el control de gestión en relación con el cumplimiento de los objetivos marcados y con la eficacia, eficiencia, rentabilidad y productividad de las actuaciones de la ONCE. En ejercicio de dicho control, el Consejo General analizará las posibles desviaciones que se produzcan respecto de los objetivos marcados y, si procede, determinará las responsabilidades oportunas.
Dos. Efectuar el control financiero de la ONCE de acuerdo con lo siguiente:
a) El Director General enviará al Consejo General, con la periodicidad que se determine, sus estados financieros y aquella otra información económica que se precise para un correcto conocimiento de su marcha económico-financiera.
b) El Consejo General cuenta con el Comité General de Auditoría del Grupo Social ONCE como órgano encargado de supervisar el correcto funcionamiento económico-financiero de la Organización.
c) El Consejo General determinará la composición y funciones de este Comité General de Auditoría, que estará formado por tres o más vocales del Consejo General y contará con un Secretario, no vocal, con conocimientos en auditoría.
d) Mientras la ONCE mantenga la consideración de «entidad de interés público» a los efectos de la normativa de auditoría de cuentas, el Comité General de Auditoría mencionado en las letras anteriores asumirá las funciones encomendadas en dicha normativa a la Comisión de Auditoría.
e) El Consejo General podrá aprobar la creación de otros órganos en el seno de la ONCE de apoyo al Comité General de Auditoría, y, como soporte técnico, se creará en la Dirección General una Unidad de Auditoría Interna, dependiente funcionalmente de dicho Comité, que contará con las funciones que el Consejo General establezca.