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Ley Vigente

Artículo 92. Competencia para imponer sanciones en materia de salud pública.

Artículo 92 de la Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón. · BOE-A-2014-8282

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

Texto consolidado

1. La competencia para ejercer la potestad sancionadora en materia de salud pública corresponde a los siguientes órganos.

a) A la Directora o el Director de los servicios provinciales del departamento responsable en materia de salud, hasta 12.000 euros.

b) A la Directora General o el Director General responsable en materia de salud pública, de 12.001 a 30.000 euros.

c) A la Consejera o el Consejero responsable en materia de salud, de 30.001 a 200.000 euros.

d) Al Gobierno de Aragón, a partir de 200.001 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

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