Artículo 91. Finalidad del régimen disciplinario y ámbito personal de aplicación.
Artículo 91 del Real Decreto 240/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del personal del Centro Nacional de Inteligencia. · BOE-A-2013-3907
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-14.
Texto consolidado
1. El régimen disciplinario tiene por finalidad garantizar la observancia de las obligaciones impuestas en el presente Estatuto y en las normas de funcionamiento del CNI, así como salvaguardar la reserva y seguridad necesarias para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados, con independencia de la protección penal que corresponda.
2. Está sujeto al presente régimen disciplinario el personal estatutario del CNI que se encuentre en cualquiera de las situaciones administrativas en que se mantengan los derechos y obligaciones inherentes a la condición de personal estatutario.