Artículo 91. Devengo de aranceles.
Artículo 91 del Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales. · BOE-A-2003-21104
Atención: Real Decreto 1373/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los períodos de percepción fijados en este arancel se entenderán totalmente devengados desde el momento de su inicio.