Artículo 91. Sanciones.
Artículo 91 de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia. · BOE-A-2015-9230
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-03.
Texto consolidado
1. Las infracciones tipificadas en los artículos anteriores serán sancionadas de la siguiente forma:
a) Infracciones leves: apercibimiento o multa hasta 600 euros.
b) Infracciones graves: multa entre 601 y 1.500 euros.
c) Infracciones muy graves: multa entre 1.501 y 6.000 euros.
2. El apercibimiento solo procederá en el supuesto de infracciones leves, siempre y cuando la persona infractora no hubiera sido sancionada con anterioridad por cualquier infracción de las tipificadas en la presente ley.