Artículo 91. Clasificación de infracciones.
Artículo 91 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. · BOE-A-2014-6726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-28.
Texto consolidado
Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves.