Artículo 91. La Secretaría General.
Artículo 91 de la Ley 10/2011, de 10 de mayo, de Cajas de Ahorros de Canarias. · BOE-A-2011-9622
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-18.
Texto consolidado
1. La Secretaría General de la Federación es el órgano administrativo de gestión y coordinación de carácter permanente, teniendo a su cargo la ejecución de las funciones que tienen encomendada la Federación bajo las directrices del Consejo General, así como cualquier otra que le sea encomendada por los estatutos o la normativa vigente.
2. Al frente de la Secretaría estará un secretario general elegido por el Consejo General entre personas con capacidad, preparación técnica y experiencia suficiente para el ejercicio de las funciones asignadas al cargo.