Artículo 90
Artículo 90 del Real Decreto 1279/1978, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 5/1977, de 4 de enero, de Fomento de Producción Forestal. · BOE-A-1978-14632
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-07-02.
Texto consolidado
Corresponderá a los Servicios de Inspección del Ministerio de Hacienda la comprobación de los supuestos de hecho a que se hallen condicionados los beneficios fiscales concedidos en este Reglamento, a cuyo efecto recabará, cuando lo estime necesario, la colaboración del Ministerio de Agricultura.